REQUISITOS GENERALES:
- Estar dado de alta como colegiado ejerciente libre en el Colegio de Economistas de Burgos. Si es sociedad profesional, estar inscrita en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio.
- Cumplimentar la solicitud que a tal efecto facilitará el Colegio, acompañando la documentación acreditativa correspondiente.
- Encontrarse en situación de alta en el Censo de Obligados Tributarios como Economistas.
- Poseer uno o más domicilios profesionales en el ámbito territorial del Colegio de Economistas de Burgos.
- No estar cumpliendo sanciones de cualquier orden que inhabiliten para el ejercicio de la profesión en el ámbito material propio de la relación de que se trate, ni estar sometido a suspensión cautelar que produzca dicha inhabilitación.
- Para la renovación anual de la inscripción en el TAP, acreditar haber cumplido en el último año los requisitos de formación continuada (20 horas para la formación concursal y 8 horas para la pericial). Para las listas de Auditores las horas mínimas de formación requeridas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y el REA+REGA.
- Aceptar expresamente la publicación de sus datos en las listas del TAP, todo ello de acuerdo con la LOPD.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
Para formar parte de las listas de Actuaciones Concursales, conforme al artículo 27 de la Ley Concursal:
- Disponibilidad para el desempeño de la función, manifestada por el profesional a la Corporación (artículo 27-3 de la Ley Concursal). Este requisito se acredita con la solicitud formulada para formar parte de la relación o lista del TAP correspondiente a trabajos en materia concursal.
- Experiencia profesional de, al menos, cinco años de ejercicio efectivo (artículo 27-1-2º de la Ley Concursal). Este requisito puede ser acreditado a título individual o por la pertenencia a la Corporación de que se trate.
- Compromiso de formación en la materia concursal, acreditado por el profesional implicado (artículo 27-3 inciso final de la Ley Concursal).
Para formar parte de las listas de Auditores, conforme al artículo 21 del Reglamento de Auditoría de Cuentas: figurar inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores del Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
Para formar parte de las listas de Mediadores Concursales, conforme al artículo 27 de la Ley Concursal:
- Ser economista ejerciente libre con 5 años de experiencia profesional y con especialización demostrable en el ámbito concursal (es decir, economistas que estén en el listado de administradores concursales del respectivo colegio)
- Acreditación de que disponen, al menos, de 100 horas de formación en mediación1, con las características establecidas en el RD 980/2013 (antes del 27 de marzo, no es necesario que le cuso esté acreditado por el Ministerio de Justicia, pero a partir de dicha fecha si será necesario)
En general: cualquier otro requisito que venga exigido por el ordenamiento jurídico para las actividades de que se trate, y respecto a las relaciones que afecten.
NOTA:
NO ACEPTAR EL NOMBRAMIENTO PARA EL QUE PUEDAN SER DESIGNADOS LOS COLEGIADOS DE LAS LISTAS, SALVO CAUSA JUSTIFICADA EN EL COLEGIO, PUEDE DAR LUGAR A LA BAJA EN LAS LISTAS DEL PRÓXIMO AÑO.