Colegio de Economistas de Burgos

Colegio de Economistas de Burgos

Tipo de listas

Para dar cumplimento a lo establecido en el art. 341.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, a lo regulado en el art. 8.3. del RDL 3/2009 y a la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003 Concursal, y poder proceder a la inclusión en el Turno de Actuación Profesional (TAP) del Colegio para el año 2024, en las listas de:

Personas físicas:

  • Economistas para actuaciones judiciales y periciales
  • Economistas Peritos terceros en la Agencia Tributaria y Consejería de Economía y Hacienda de Castilla y León
  • Economistas Expertos Independientes ante el Registro Mercantil
  • Economistas Administradores Concursales

Personas jurídicas: Economistas Administradores Concursales

  • Sociedad profesional multidisciplinar formada por socios economistas y abogados, inscrita en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio de Economistas de Burgos
  • Otra sociedad participada por, al menos, un socio economista colegiado en el Colegio de Economistas de Burgos que dentro de su objeto social figura el desempeño de las actividades reguladas para los administradores concursales de acuerdo a los contenidos de la Ley Concursal
  • Se establece una cuota de 50€ para la inclusión en el TAP de las personas jurídicas, que serán ingresados en una de las siguientes cuentas:
    • CAIXA:                   ES71 2100 0097 3322 0021 1531
    • CAJAVIVA:            ES60 3060 0001 7825 7238 5223

          Indicando en el concepto: TAP 2024 + Nombre de la Sociedad

  • Si deseas estar en la lista de “Economistas Administradores Concursales” y de acuerdo con lo establecido en el art. 27.3 de la Ley Concursal, deberás remitir al Colegio un curriculum profesional, en formato pdf, así como el estadillo de historial concursal adjunto.

En caso de estar interesado, ruego nos envíes antes del próximo día 24 de noviembre, viernes, la solicitud de inclusión o renovación en las listas del TAP para personas físicas y/o jurídicas, debidamente cumplimentadas y firmadas (incluido las cláusulas de protección de datos) junto con la documentación requerida en UN SOLO CORREO ELECTRÓNICO, para poder dar por admitida la solicitud.